¿En qué consiste la Inspección Técnica Vehicular?

¿En qué consiste la Inspección Técnica Vehicular?

Novedades

La Ley Nº 3850/09 Que crea el Sistema Nacional de Inspección Técnica de vehículos y establece la obligatoriedad de la realización de la inspección técnica como requisito previo para la obtención o renovación de la patente municipal de rodados en todo el territorio nacional.


El sistema nacional de Inspección Técnica Vehicular, establece la obligatoriedad de la realización de la inspección técnica como requisito previo para la obtención o renovación de la patente municipal de rodados en todo el territorio nacional

¿En qué consiste?

El proceso de inspección se basa en la comprobación de los sistemas mecánicos del vehículo que intervienen en la seguridad del mismo y en el control de los niveles de emisiones contaminantes.

Segú la ley, los Centros de Inspección Técnica Vehicular realizarán los siguientes tipos de inspecciones:

a) Verificación de la coincidencia entre la documentación y las características de la unidad inspeccionada;

b) Inspección del funcionamiento del vehículo y sus componentes, mediante controles con el instrumental computarizado de inspección, verificando como mínimo el nivel sonoro y de emisión de gases , la eficiencia de los sistemas de frenos de suspensión y de dirección, el estado de las luces y señales;  y la presencia y calidad de los accesorios de seguridad. La Dirección Nacional del Transporte (DINATRAN) podrá, vía reglamentaria, ampliar y actualizar el contenido de estas inspecciones, conforme a las nuevas exigencias técnicas de seguridad y protección medioambiental.  

c) Inspección Técnica Vehicular no incluirá controles internos para determinar la causa de los defectos, por 10que deberá realizarse sin desmontaje alguno de las piezas de los vehículos.

La Inspección Técnica deberá realizarse en forma periódica, teniendo como parámetro el año de fabricación de los rodados o vehículos automotores. En ese sentido, los cero kilómetros hasta el primer año desde su fabricación, están exentos de la Inspección Técnica Vehicular. Los que tengan entre 1 y 5 años de antigüedad desde su fabricación deberán realizarse la Inspección Técnica cada 2 años. Y los que tengan más de 5 años de antigüedad, en adelante, contados a partir de la fecha de su fabricación, deberán ser inspeccionados anualmente. Contando desde el año de fabricación y durante tres años no se necesita hacer la inspección técnica vehicular. Si una persona inscribe un vehículo con año de fabricación 2019, recién en el 2022 tendrá que hacer la inspección técnica vehicular.

Las nuevas inscripciones de vehículos se pueden realizar única y exclusivamente en la oficina del Departamento de Rodados. Para estas nuevas inscripciones, los vehículos con más de 3 años de fabricación, si bien deben realizar la inspección técnica vehicular, el mismo será sin costo para ese trámite de nueva inscripción. En todos los casos de vehículos inscriptos por primera vez, se debe realizar primero la inspección técnica vehicular y con ese requisito cumplido llegar hasta el Departamento de Rodados de la Comuna, para culminar los trámites pertinentes.

Aquellos vehículos a los cuales se les realiza anualmente la inspección técnica vehicular para la renovación de la patente de rodados, el trámite completo lo pueden realizar en los talleres habilitados de las empresas IVESUR y COARCO. Para que un vehículo sea considerado habilitado, debe contar con el carnet de habilitación vigente, inspección técnica vehicular aprobada (de acuerdo al año, como se describe) y patente de rodados al día, con el comprobante de la precinta adherida al parabrisas delantero.

Las tarifas de inspección técnica de vehículos dependen de la entidad con la que se trabaje y se determinan en función del tipo de vehículo e inspección.

Proceso de Inspección: Recepción del vehículo para su identificación, Emisiones contaminantes, Alineación del vehículo, Mecanismo de dirección, suspensión y bajos del vehículo, Luces, Sistema de frenos, Neumáticos y acondicionamiento interior y exterior.

Resultado de la inspección

Una vez finalizada la inspección, se entrega al usuario la Planilla de Inspección Técnica, que resume todos los valores medidos, así como la calificación de los posibles defectos existentes en el vehículo y la identificación de los técnicos que han intervenido en la revisión. En función de los defectos detectados pueden darse los siguientes resultados de la inspección:

Aprobado: No se han encontrado defectos.

Aprobado con observaciones: Vehículo al que se le observan solamente defectos leves (DL). Estos defectos deben ser subsanados antes de la próxima inspección.

Condicional: Vehículo con al menos un defecto grave (DG). Este o cualquier defecto grave debe ser subsanado en un plazo máximo de treinta (30) días.

Rechazado con prohibición de circulación *: En el caso de observar en el vehículo defectos muy graves (DMG). No podrá circular hasta subsanar los defectos y concurrido a la Planta de Inspección para una nueva inspección. Podrá realizar una nueva inspección sin costo en un plazo máximo de treinta (30) días.

(*) Los vehículos de la Municipalidad de Asunción tendrán 60 (sesenta) días para la reinspección de vehículos con defecto muy grave (DMG).

Según el veredicto se obrará de manera distinta:

Si la inspección es aprobada el proceso finaliza en este punto. En caso de que la inspección sea rechazada, el titular dispone de un plazo de 30 o 60 días según la gravedad de los defectos detectados y del Municipio al que corresponda, para reparar el vehículo y someterlo a una nueva revisión que, si se realiza en este plazo, es gratuita.

Además de las fases de inspección anteriormente expuestas, pueden existir comprobaciones adicionales si la inspección a realizar no es la general o periódica de un vehículo, reformas, etc. pueden realizarse nuevas comprobaciones además de las anteriormente expuestas.

 

Lo que dice la Ley acerca de la ITV: bit.ly/2YpHbwv